El Papa concede mayor autonomía a los obispos que podrán intervenir seminarios

El Papa ha modificado algunas normas del Código de Derecho Canónico y del Código de Cánones de las Iglesias Orientales para dar mayor autonomía a los obispos, que asumen a partir de ahora funciones que antes estaban reservadas a la Santa Sede como la intervención en la gestión de los seminarios o la formación sacerdotal.

De este modo, Francisco ha redactado un ‘motu proprio’ (documento papal), publicado por el Vaticano este martes, con el que establece que los ordinarios de las Iglesias locales podrán intervenir en la gestión de seminarios, formación sacerdotal, redacción de catecismos y en otras áreas sin pedir aprobación vaticana sino una confirmación más sencilla.

La razón que subyace a esta decisión es una «sana descentralización» de los poderes de la Santa Sede que antes debía dar su autorización para muchas de estas tareas.

El documento también otorga a las Iglesias locales las decisiones sobre posibles reducciones en el número de misas a celebrar con respecto a las intenciones recibidas. El secretario del Consejo Cardenalicio y miembro del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos, Marco Mellino, ha explicado a los medios del Vaticano que algunas competencias estaban ejercidas hasta ahora por el gobierno central, pero que el Pontífice ha decidido «descentralizarlas» para mejorar la gestión de la Iglesia universal.

Por ejemplo, ahora el obispo podrá decidir respecto si concede a un religioso permanecer fuera de su propio instituto por un tiempo determinado. Según ha explicado Mellino, hasta ahora se tenía que apelar a la Santa Sede para dar una excedencia de más de tres años, pero de ahora en adelante podrá hacerlo por hasta cinco años.

Según explica el Pontífice, asignar algunas competencias, sobre disposiciones codificadas destinadas a garantizar la unidad de la disciplina de la Iglesia universal, al poder ejecutivo de las Iglesias y de las instituciones eclesiales locales, corresponde a la dinámica eclesial de comunión y potencia la proximidad».

«Una sana descentralización no puede sino favorecer esta dinámica, sin perjudicar la dimensión jerárquica», defiende. Por eso, explica que teniendo en cuenta la cultura eclesial y la mentalidad jurídica propia de cada Código ha decidido modificar la legislación vigente hasta ahora sobre algunas materias específicas, «atribuyéndoles las respectivas competencias.

Su intención es fomentar el sentido de colegialidad y responsabilidad pastoral de los obispos, ya sean diocesanos/episcopales o unidos en Conferencias Episcopales o según las estructuras jerárquicas orientales, así como de los superiores mayores, pero también apoyar los principios de «racionalidad, eficacia y eficiencia».

«Estos cambios normativos reflejan aún más la universalidad compartida y plural de la Iglesia, que incluye las diferencias sin homologarlas, con la garantía, en cuanto a la unidad, del ministerio del obispo de Roma», señala.