Especial 20 Aniversario

JJpD considera que la dimisión de los vocales del CGPJ es la única vía para poner fin a la interinidad

Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) ha insistido este lunes que ante el acuerdo alcanzado entre las formaciones que gobiernan y el PP para renovar los órganos constitucionales, los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deben presentar su dimisión «como único medio de poner fin a una situación de interinidad tan prolongada que perjudica la imagen del Poder Judicial».

Publicidad

Esta asociación insiste así en la petición que ya trasladó en julio al presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, cuando solicitó su «dimisión» personal para forzar la renovación del órgano, una solicitud que, según JJpD, el magistrado no habría descartado si concurriesen las circunstancias adecuadas.

Ahora, en este comunicado para dar cuenta de los acuerdos adoptados en el Comité Permanente de JJpD celebrado lso días 4 y 5 de noviembre en Zaragoza, apunta que el bloqueo del órgano de gobierno de los jueces «menoscaba el funcionamiento» del mismo.

Por otro lado, sobre la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de avalar la pena de prisión permanente revisable, desde la asociación lamentan que esta modalidad «dadas sus características» puede generar en determinados casos «un cumplimiento de pena de prisión de por vida».

APLICAR LA PRISIÓN PERMANENTE CONFORME A LA CONSTITUCIÓN

«El cuestionamiento que contiene la sentencia de la regulación de la Prisión permanente revisable se ha limitado a la inclusión de la interpretación conforme a la Constitución de los supuestos en los que cabe revocar la suspensión de la condena acordada cuando se accede a la libertad condicional del penado y a la extensión de los mecanismos de control periódico de la situación de prisión tras la revocación de la suspensión», recuerda.

Apuntan que aunque la mayoría de magistrados se han pronunciado a favor de la constitucionalidad de la regulación de esta pena, «atisban riesgos ciertos, con la actual regulación penal y penitenciaria, de que la gravedad intrínseca de la pena y su duración indeterminada constituya el fundamento dirimente de sus decisiones en materia de régimen y tratamiento, lo que conduciría a la desaparición real de las expectativas hipotéticas de que el condenado (…) alcanzara alguna vez la libertad».

Por este motivo, recuerdan que la propia sentencia señala que resulta necesario reforzar la función moderadora que el principio constitucional consagrado en el artículo 25.2 de la Constitución (orientación de las penas a la reeducación y la resocialización), y sus concretas articulaciones normativas, debe ejercer sobre la pena de prisión permanente revisable.

«LAS TENSIONES»

Y destacan de la resolución que se afirma que «las tensiones» que el nuevo modelo de pena genera «precisan ser compensadas reforzando institucionalmente la posibilidad de realización de las legítimas expectativas que pueda albergar el interno de alcanzar algún día su libertad».

Publicidad

JJpD recuerda además los votos particulares de tres magistrados del TC y subraya que en ellos se cuestionan fundadamente la congruencia de la regulación con valores constitucionalmente proclamados, como la dignidad de la persona -art. 10 CE- y el principio de resocialización de las penas -art. 25 CE-.

«Como señala uno de los votos particulares, (…) dificulta en grado extremo la finalización de la pena de prisión y configuran un modelo que tiende hacia el cumplimiento de la pena de prisión de por vida, lo que convierte en meramente declarativo, ilusorio, para muchos de los casos, la posibilidad de reinserción social», recuerdan.

Y concluyen recordando que, tal y como sostuvieron los magistrados que votaron en contra de la constitucionalidad de esta pena, «supone una regresión en la tendencia legislativa seguida en España respecto de las penas de prisión de duración indeterminada y no indefectible duración de por vida, que parece contrariar la voluntad del constituyente y del legislador».

Por eso, instan al Gobierno a que «a la mayor brevedad posible, en el ejercicio de su facultad de iniciativa legislativa, proponga la derogación de la reforma operada en la LO 1/2015 de 30 de marzo en cuanto introdujo la prisión permanente revisable como pena para determinados delitos».

«Petición que, de igual modo, trasladamos a todos aquellos grupos a los que pertenecían los parlamentarios que promovieron el recurso de inconstitucionalidad, así como a aquéllos otros que han manifestado su conformidad con los planteamientos del recurso», apuntan.

REFORZAR LA IGUALDAD

Por otro lado, el Comité ha acordado además la necesidad de reivindicar el cumplimiento del II Plan de Igualdad «Es primordial instar al Consejo General del Poder Judicial (aún en funciones) para la continuación de los trámites del II Plan de Igualdad de la Carrera Judicial, y para su cumplimento efectivo», dicen.

Para ello, añaden, es necesario retomar las reuniones periódicas mantenidas con la comisión de igualdad del CGPJ. Apuntan al hilo que el debate en el comité sobre este asunto viene derivado de la denegación, por parte del Consejo, de la reducción de las cargas de trabajo a personas con familiares a su cargo pese a contar con el informe favorable tanto de la Comisión de Igualdad del CGPJ como de las salas de gobierno, y ello con el argumento de la ausencia de desarrollo reglamentario.

Publicidad