La IGAE detecta una actuación «ilegal» de AENA en obras de la T4 otorgadas a una constructora vinculada a la ‘caja b’

La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) ha detectado una actuación «ilegal» en el modo en que AENA gestionó los cambios sufridos en las obras de construcción de la plataforma del dique de la zona oeste de la Terminal 4 del aeropuerto de Barajas que fueron adjudicadas a la Constructora Hispánica, una de las empresas vinculadas a la supuesta ‘caja b’ del PP, según consta en un informe de la causa.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha recibido este informe en el marco de las investigaciones para determinar si las donaciones que distintos empresarios habrían realizado al PP tenían como objetivo conseguir adjudicaciones concretas, una instrucción que concluyó el pasado mes de julio, si bien aún tiene pendiente recibir las últimas diligencias acordadas.

Entre ellas se encuentra el análisis de los contratos adjudicados a la Constructora Hispánica, cuyo ex presidente Alfonso García Pozuelo, uno de los arrepentidos de la trama ‘Gürtel’, confesó el pago de comisiones a cambio de obras públicas. Fue condenado a dos años de cárcel sustituibles por una multa por los delitos de cohecho y prevaricación continuada, una pena que no le obliga a entrar en la cárcel.

Este informe, fechado el pasado 20 de septiembre y elaborado por la unidad de apoyo de la IGAE a la Fiscalía Anticorrupción, analiza el expediente administrativo realizado por AENA sobre el contrato licitado en 2001 que fue adjudicado en un concurso con procedimiento abierto a la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por la Constructora Hispánica y Comsa por un total de 32.898.302,68 euros.

El contrato tuvo dos modificaciones, una por importe de 4.353.999,97 euros aprobada el 28 de julio de 2003 y otra por 610.413,29 euros acordada el 31 de marzo de 2004. Los peritos de la IGAE centran su atención en la primera, que se debió a una suspensión de las obras a causa de otros trabajos de construcción relacionados con la T4.

Así, señalan que en realidad «el primer reformado no es tal» porque esos 4,3 millones de euros incluyen tanto la indemnización por la suspensión de las obras (2.261.621,66 euros) como lo efectivamente modificado (2.092.378,31 euros).

AUMENTO DE LOS PRECIOS Y DE LA INDEMNIZACIÓN

«AENA, en lugar de tramitar dos expedientes distintos, uno por el modificado real y otro por la indemnización de daños y perjuicios causados por la suspensión, ha tramitado un solo expediente calificándolo como modificado para lo cual ha elevado los precios originarios de las distintas unidades de obra del proyecto en un 6,463% de media», explica el informe.

Apunta además que estos precios nuevos se han introducido como «precios contradictorios» cuando estos últimos solo se pueden incluir como consecuencia de una modificación en unidades de obra nuevas, no para las que ya estaban en el proyecto inicial.

La IGAE califica de «ilegal» este modo de actuar, indicando que «los precios del proyecto no se pueden alterar, pues entre otras razones dejaría sin efecto la licitación».

Añade que este comportamiento también provocó que la indemnización que finalmente se pagó al contratista fuera superior a los 2,2 millones, acotando un exceso de 174.000 euros respecto a la cuantía propuesta.

MÁS DE 100.000 KM EN UNA OBRA PARADA

En cualquier caso, los técnicos consideran que «el importe de la indemnización no está justificado» porque se trata de cantidades superiores a las que realmente corresponderían.

La IGAE detalla que, por costes indirectos –personal, vehículos, combustible, maquinaría, móviles e instalaciones y mantenimiento general– se planteaba indemnizar un total de 529.481,03 euros sin aportar «ninguna justificación».

En este sentido, llama la atención sobre el hecho de que para los gastos de personal, que interpreta como retribuciones, todas las cifras eran «redondas». «Son múltiplos de 1.000 euros, salvo dos que lo son de 500 euros». Para la IGAE, «es obvio que esta justificación es insuficiente, ya que habría que aportar las nóminas efectivamente abonadas a este personal acompañadas de los documentos de cotización a la Seguridad Social».

En general, avisa de que las cantidades reflejadas en esta partida «parece que no responden a la realidad». Menciona, por ejemplo, el consumo de combustible entre septiembre de 2002 y marzo de 2003, que se fija en 8.958,85 euros. «Lo que nos llevaría a que los vehículos adscritos a la obra han realizado más de 100.000 km, en una obra que no se ha iniciado», ilustra.

En la misma línea, la IGAE se refiere al consumo en teléfonos móviles, de 3.640,6 euros al mes, «cuando había contratadas 7 personas, lo que supone 520 euros por persona y mes, estando sin iniciar la obra». Y, sin embargo, entre marzo y abril de 2003, cuando se supone que se incorporó más personal, el coste mensual en teléfonos móviles bajó a los 1.165,71 euros mensuales, lo cual tacha de «sorprendente».

El informe también llama la atención sobre la indemnización de 470.215,99 euros que se proponía por la modificación de las condiciones de contratación, la cual contemplaba el incremento de los costes de mano de obra (78.563,55 euros) y de los materiales (391.652,41 euros) durante la paralización de las obras. La IGAE entiende que por el primer concepto correspondía una indemnización de 75.357,71 euros, mientras que no habría que pagar compensación ninguna por los materiales.