La Audiencia Provincial de Valladolid ha confirmado el archivo de la investigación abierta por los supuestos abusos sexuales que habría sufrido una alumna de 19 años con discapacidad física y psíquica del 82 por ciento en un centro de educación especial, denunciados el pasado mes de abril por parte de la madre.
Según el auto, remitido por el Tribunal Superior de Justicas de Castilla y León a los medios de comunicación, la Audiencia confirma así la decisión del Juzgado de Instrucción 2 de la capital de sobreseer la causa y rechaza el recurso interpuesto por los familiares de la joven, que pretendían que se practicaran más diligencias.
La Sala considera que «las pruebas que se han realizado hasta el acuerdo de sobreseimiento que es objeto de recurso no arrojan ningún indicio de que efectivamente la joven A. haya sufrido un ataque a su libertad sexual en el centro escolar al que acude, sin que de la pluralidad de diligencias que se han practicado se desprenda la existencia de indicios del delito ni en relación con el hombre que trabaja como fisioterapeuta y a quien la denunciante manifestó que su hija había excluido expresamente tras mostrarle las fotografías de los trabajadores del centro en su página web, ni respecto de los demás empleados del colegio».
Tras analizar el testimonio de los profesionales del centro educativo y que tratan a la joven, así como las investigaciones realizadas por la Brigada de Policía Judicial de la Policía Nacional, los magistrados concluyen que «hay dos elementos relevantes en la vida de Agustina que pueden justificar ese cambio de actitud frente al centro escolar: las intervenciones quirúrgicas que ha sufrido y el confinamiento derivado de la pandemia del COVID-19».
En este sentido, han apuntado que tales hechos «pueden ser la causa de que mostrara cierto rechazo hacia el colegio, ya que la ruptura de su rutina escolar y su estancia en el domicilio, en situación de confort pero también de aislamiento con el uso más prolongado de la tablet, pueden lógicamente provocar un rechazo al reinicio de la actividad escolar». Por otro lado, se refieren a las diversas intervenciones quirúrgicas que ha sufrido, sobre todo la que tuvo en noviembre de 2019 según consta en las declaraciones, pueden justificar ese rechazo».
Por tal motivo, la Audiencia entiendenque las diligencias propuestas por los familiares de la chica «no son necesarias» pues la madre «ya realizó una amplia denuncia en comisaría, donde también prestó declaración su marido, y además se han recogido sus manifestaciones en el informe iniciado por el centro escolar, sin que se haya tachado de impreciso lo recogido en el informe en relación con las entrevistas realizadas».
En la misma línea, la Sala rechaza realizar un nuevo informe pericial psicosocial porque «no se alcanza a conocer lo que pudiera aclarar la trabajadora social del Instituto de Medicina Legal sobre este tema, ya que por la naturaleza de los hechos que se narraron en la denuncia, no se aprecia relación entre la actividad profesional de un trabajador social y el posible examen de una niña con las específicas características de A. ni tampoco la aportación que pudiera derivarse de un informe de la psicóloga del IML cuando la que conoce a Agustina desde el año 2014 o 2015, por su trabajo en el centro, prestó una amplia declaración ante la policía judicial».
El auto subraya que obligar a la joven a someterse de nuevo a un examen e interrogatorio «cuando de las diligencias practicadas no se desprende la existencia de ningún hecho delictivo no parece oportuno, corriéndose el riesgo de causarle un daño que no tiene justificación atendiendo al resultado de las diligencias practicadas.
Por todo ello, consideran que procede la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución impugnada.