Cómo cotizar a la Seguridad Social sin trabajar

¿Cotizar a la Seguridad Social sin trabajar? Tal parece que se puede a través de un mecanismo especial. Pero debes saber que para poder cobrar una pensión se debe alcanzar un mínimo de 15 años cotizados.

En caso de tener dos años cotizados deben estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a solicitar la prestación.

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En caso que alguien con 61 años se quede sin empleo llevando 13 años cotizados y no tenga posibilidad de encontrar otro empleo antes de llegar a la edad de jubilación (65 años, y 67 a partir de 2027), le podría interesar cotizar los 2 años que le faltarían mediante otro método.

Lo mismo le ocurriría a alguien que a pesar de tener 15 o más años cotizados, en los últimos 15 años previos a la jubilación, no haya tenido empleo y necesitaría cotizar 2 años para no perder el derecho a la pensión.

Entonces, sobre cotizar en la Seguridad Social pero sin trabajar es posible y solo a través de una vía, los llamados convenios especiales con la Seguridad Social. Dichos convenios son acuerdos voluntarios entre un trabajador y la Tesorería General de la Seguridad Social que permiten a esa persona seguir cotizando.

Este proceso es posible gracias al abono de una cuota mensual al INSS, así las personas pueden cotizar sin trabajar.

¿Quién puede cotizar en la Seguridad Social sin trabajar?

¿Quién Puede Cotizar En La Seguridad Social Sin Trabajar?

Ahora bien sobre quiénes pueden cotizar en la Seguridad Social sin trabajar, debe ser completamente un ciudadano elegible. Es decir que no todos los ciudadanos pueden ser candidatos a suscribirse a dicho convenio para cotizar en la Seguridad Social sin trabajar.

A continuación te dejo algunas características que deben tener los ciudadanos a optar por dicho beneficio:

  • Cualquier trabajador que no esté dado de alta en la Seguridad Social, ni como empleado por cuenta ajena ni como autónomo.
  • Todos aquellos empleados en situación de alta con contrato fijo, pero siempre que hayan cumplido los 65 años y tengan cotizados 35 de ellos.
  • Todas aquellas personas pluriempleadas, en el momento en que finalice uno de sus trabajos. Para seguir cotizando de forma convencional por sus otros empleos, pero compensar que ya no cotiza por el empleo que ha dejado de ejercer.
  • También para aquellos que han agotado la situación de desempleo y dejan de cotizar.
  • Aquellos trabajadores a quien se les haya reconocido una Incapacidad Permanente Total , es decir que cuando trabaje en un empleo distinto al que fue causa de su pensión y lo finalice, podrá cotizar suscribiéndose al convenio especial.
  • También aplica para aquellas personas que han conseguido un nuevo trabajo pero cotizan menos con este que con su anterior empleo.

En cada una de estas circunstancias, se puede recurrir a los convenios especiales para cotizar en el Seguridad Social pero sin trabajar.

Requisitos

Requisitos

Entre los primeros requisitos que se exigen para tener acceso a los convenios especiales que permiten cotizar a la Seguridad Social sin trabajar, es haber cotizado (trabajando) un mínimo de 1.080 días. Es decir un total de 3 años dentro de los 12 años inmediatamente anteriores al momento de suscribirse al convenio.

Sin embargo debe tener en cuenta que existe una excepción: si se ha atravesado por un proceso de Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

Asimismo, debe presentar el modelo TA-0040 ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o administración autonómica correspondiente al domicilio del solicitante.

Tenga en cuenta que existen dos plazos: en los 90 días o al año siguientes al cese o situación determinante del convenio especial.

¿Cuánto se cotiza en la Seguridad Social sin trabajar?

¿Cuánto Se Cotiza En La Seguridad Social Sin Trabajar?

La persona interesada puede elegir entre las siguientes bases mensuales de cotización:

Base máxima de cotización por las llamadas contingencias comunes del grupo de cotización correspondiente a la categoría profesional del interesado. O en caso del régimen en el que estuviera encuadrado. También es preciso mencionar que todo es válido siempre y cuando se haya cotizado durante 24 meses consecutivos o no en los últimos cinco años.

También por la media de la base en la que haya cotizado el trabajador en los doce meses anteriores al de la baja.

Otro es por la base mínima de cotización vigente en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).

Tenga en cuenta que dicho convenio permite que se mantenga una base de cotización para la futura pensión de jubilación, así que debes saber que esa es la utilidad de la herramienta.

Por tanto, hay que saber que cotizar sin trabajar a través de dicho convenio especial significa que no se tiene los mismos derechos que un trabajador convencional de otras áreas. Como ya lo mencionamos este tipo de cotización solo sirve de cara a la jubilación.

Tampoco es una cuota fija general especificada por el Estado. El trabajador puede elegir cuánto quiere cotizar exactamente. Igualmente para conocer entre qué cifras se puede mover, se recomienda acudir a la Tesorería de la Seguridad Social.