Condenado a 21 meses de prisión un varón por violencia continuada a su mujer en Madrigalejo

Un hombre ha sido condenado a 21 meses de prisión por violencia continuada en el domicilio hacia su mujer, con la que ha estado casado durante 52 años y con la que convivía en Madrigalejo (Cáceres).

Así, el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres, en juicio oral, y de conformidad con las partes, condena al varón en cuestión también como autor responsable criminalmente de un delito de amenazas, de un delito de violencia de genero habitual con la agravante especifica de haberse cometido en domicilio común y de un delito leve continuado de injurias, todos ellos cometidos en el ámbito de la violencia de género.

Además, según la sentencia, el hombre ha incurrido en un delito de lesiones con la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, y el atenuante de reparación del daño.

En concreto, ha sido condenado a la plena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho de tenencia y porte de armas por tiempo de un año y un día y prohibición de acercarse a menos de 200 metros de su mujer de su domicilio y lugares que frecuente, así como la prohibición de comunicar con ella por cualquier medio por tiempo de un año por el delito de lesiones.

Igualmente, se le impone la pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho de tenencia y porte de armas por tiempo de un año y un día y prohibición de acercarse a menos de 200 metros de su mujer, de su domicilio y lugares que frecuente, así como la prohibición de comunicar con ella por cualquier medio por tiempo de un año por un delito de amenazas.

También, el juzgado le impone al hombre la pena de prisión por tiempo de 21 meses con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho de tenencia y porte de armas por tiempo de cuatro años y un día, y prohibición de acercarse a menos de 200 metros de su mujer, de su domicilio y lugares que frecuente, así como la prohibición de comunicar con ella por cualquier medio por tiempo de tres años por el delito de violencia habitual.

Al mismo tiempo, ha sido condenado el varón a la pena de localización permanente por tiempo de 20 días por el delito leve continuado de injurias; y se le imponen también las costas de este procedimiento, incluidas las de la acusación particular.

HECHOS PROBADOS

Como hechos probados, el día 1 de marzo de 2017 el acusado y su mujer comenzaron una discusión cuando se encontraban en el domicilio, y en la que el acusado se digirió a su mujer llamándola «puta y enredadora», llegando a propinarle un puñetazo en la cara lo que le ocasionó un hematoma en la arcada mandibular.

La mujer tardó 7 días no impeditivos en curar y tan solo precisó primera asistencia facultativa; y a partir de ese momento ella dejó el domicilio y se trasladó a vivir con uno de sus hijos al ser la convivencia «insostenible».

Según la sentencia, el acusado ha venido dirigiéndose a ella durante la convivencia con expresiones como «te voy a matar, ahí tienes un cordel para que te ahorques que te quiero ver muerta antes que yo, me da igual ir a la cárcel, puta, qué asco te tengo».

Al mismo tiempo, el fallo recoge como hechos probados también que las discusiones eran «constantes y frecuentes» y el acusado arrojaba objetos en el transcurso de las mismas; así como que la mujer ha sido objeto de las expresiones anteriores durante los años de matrimonio, así como de golpes y puñetazos.

Igualmente, la sentencia recoge que la actitud del acusado «provocaba la alteración en la paz y convivencia familiar»; así como que la mujer presenta una sintomatología ansioso depresiva prestando un proceso patológico de adaptación (síndrome de la mujer maltratada); y que el acusado ha indemnizado al perjudicado por las lesiones ocasionadas.