5 deberes y derechos de los inquilinos en una comunidad que quizás no conocías

Cuando se firma un contrato de arrendamiento de un inmueble, siempre quedan dudas sobre distintos deberes y derechos tanto de arrendador como de arrendatario, las cuales deben quedar completamente resueltas.

Los expertos de www.servicomzaragoza.es recomiendan que, antes de establecer el vínculo contractual, se quede claro a quién corresponde algunos de los aspectos más esenciales en un contrato de arrendamiento.

Pago de cuotas de la Comunidad

Este es un punto conflictivo, que ha generado mucha controversia en los últimos tiempos en los acuerdos de arrendamiento de viviendas: los gastos referentes a la comunidad de vecinos en la que se integra la casa, según la Ley, puede corresponder a cualquiera de las partes.

Esta circunstancia debe reflejarse claramente en el documento, pudiendo acordarse previamente en función de los intereses de cada uno.

Pago del IBI

Otro tema que suele generar dudas en la vinculación de arrendamiento es el pago del impuesto de bienes inmuebles, más conocido como IBI. Se trata de una cuota que se tiene que establecer como responsabilidad de alguna de las partes antes de firmar. No es muy frecuente que sea el inquilino quien tenga que aportarla pero se puede dar el caso y hay que estar atento.

Reuniones o Juntas de la Comunidad: ¿puede asistir el inquilino?

Por norma general, estas reuniones son exclusivas para propietarios, por lo que un inquilino no tendría voz ni voto en estos encuentros.

Incluso siendo responsabilidad del arrendatario el pago de las cuotas de la comunidad, es posible que se dé esta circunstancia.

La excepción estaría en el caso de que el propietario delegara su voto a su inquilino, en cuyo caso sí se vería bien su asistencia, aunque también se puede impugnar si el resto de vecinos así lo estima oportuno.

Por supuesto, el inquilino tampoco podrá convocar juntas ni podrá aspirar en ningún caso a presidir la agrupación de vecinos.

El disfrute de zonas comunes por parte del arrendatario

Se ha dado el caso en muchas ocasiones de que se ha impedido el acceso a zonas de disfrute como piscinas, pistas de pádel o parques interiores a quienes habitan una vivienda de alquiler.

Esta coyuntura se suele dar en las situaciones en que su disfrute se comparte entre propietario e inquilino; por ello, es positivo que el inquilino inste al arrendador a reflejar en el contrato su libre acceso a estas partes del edificio, así como al garaje o trastero en caso de que se incluya en el arrendamiento.

Posibles siniestros en la vivienda

Aunque siempre se recomiende contar con un seguro de hogar, en caso de ocurrir un incidente, se debe averiguar quién ha sido el responsable, el lugar en el que ha pasado y el método para resolverlo.

En caso de que las responsabilidades deriven a la comunidad de propietarios, el inquilino deberá contactar con el presidente o con el propietario para que sea quien se encargue de las gestiones correspondientes con la comunidad de vecinos.