El CGPJ apoya limitar los aforamientos, pero pide que afecte a la vez a autonomías y otras instituciones

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este jueves el informe sobre el anteproyecto del Gabinete de Pedro Sánchez para limitar el aforamiento de diputados, senadores y miembros del Gobierno en el ejercicio de sus cargos.

Sin embargo, como informó el propio CGPJ, se recomienda consenso político y plantear una “modificación global” que afecte también a las comunidades y otras instituciones y funcionarios, como jueces y fiscales, que también tienen aforamientos.

El CGPJ explicó que el dictamen que ha sido aprobado tuvo como ponentes a los vocales del órgano de gobierno de los jueces Álvaro Cuesta y Enrique Lucas.

El informe valida la reforma constitucional que promueve el Ejecutivo de Sánchez, pero advierte de que su alcance es mayor del que aparenta, al tiempo que apunta a la necesidad de ajustar al nuevo modelo los aforamientos estatutarios (autoridades autonómicas) y los legales (jueces, fiscales y miembros de órganos constitucionales).

REFORMA “ACOMPASADA”

Asimismo, alerta de que la expresión elegida para limitar el aforamiento a los actos cometidos en el ejercicio de las funciones propias del cargo excluye a los diputados y senadores electos y podría restringir el alcance de la inviolabilidad parlamentaria.

Por este motivo, el Consejo hace suya la propuesta del Consejo de Estado y recomienda planificar de “forma acompasada” los procesos de reforma necesarios. El órgano de gobierno de los jueces reclama también “el mayor grado de consenso posible” con el fin de que la reforma de la Constitución y la de las normas que la complementan tengan la mayor efectividad posible.

Por ello, el CGPJ señala que la reforma de la Constitución en lo referido a los aforamientos debería acompañarse de una modificación global del régimen del aforamiento en fases sucesivas: primero, la norma fundamental, y después los estatutos de autonomía y las leyes orgánicas.

El CGPJ llama la atención sobre el hecho de que habría un “desfase temporal” entre las distintas fases de la reforma, pues la de los estatutos y leyes orgánicas quedaría en manos del legislador. No obstante, ese desfase podría reconducirse si se llevaran a cabo de manera paralela a otras reformas normativas necesarias.