La Eurocámara da el primer paso para reactivar a distancia el suplicatorio de Puigdemont

El Parlamento Europeo ha dado este martes el primer paso para reactivar el suplicatorio del eurodiputado y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y de los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsati, abriéndose a que se pueda tramitar por vía telemática.

Así lo han confirmado fuentes parlamentarias que explican que la propuesta del presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Eurocámara, Adrián Vázquez, para proceder por videoconferencia ha recibido la opinión favorable de los servicios jurídicos, lo que acerca la reanudación del proceso.

El trámite del suplicatorio de los políticos independentistas se encuentra varado por las medidas especiales del coronavirus a la espera de que la Eurocámara dé con una alternativa para facilitar las comparecencias de los implicados, como prevé el proceso.

Ahora, este informe de los servicios jurídicos del Parlamento sobre la posibilidad de reemprender la tramitación, vía telemática, y las condiciones necesarias para que dicha tramitación online cumpla con el requisito de confidencialidad ha señalado que «no hay obstáculo legal» para proceder a distancia, si se constata la imposibilidad de celebrar las sesiones en persona.

De esta forma, la Eurocámara pone de manifiesto la voluntad de avanzar y de reactivar el trámite, aunque las fuentes consultadas indican que todavía no hay un formato definido para realizar las sesiones en remoto y la falta de un calendario deja muy abierto el proceso parlamentario relativo a Puigdemont y los exconsejeros.

PROCEDIMIENTO DEL SUPLICATORIO

La petición del suplicatorio se trata a puerta cerrada e incluye la posibilidad de que el afectado comparezca entre cinco y diez minutos en una audiencia a la que puede acudir acompañado por un abogado que le asesore o puede designar a otro eurodiputado para representarle.

Una vez que el ponente ha redactado su recomendación, ésta se discute también a puerta cerrada y se somete a votación. El informe finalmente se eleva al pleno para decidir si se aprueba o no el suplicatorio, en un voto a mano alzada que se resuelve por mayoría simple.

Las reglas de la Eurocámara permiten rechazar un suplicatorio si está motivado por opiniones o votos del eurodiputado en el ejercicio de sus funciones y también si se da un caso de ‘fumus persecutionis’, es decir, cuando se concluye que la intención de la petición es «perjudicar la actividad política de un diputado y, en consecuencia, la independencia de la institución».