Especial 20 Aniversario

El SEPE quitará parte del paro a las personas sin trabajo a partir del día 181

El SEPE, el Servicio Público de Empleo Estatal, cambiará la forma de cobrar el paro, la prestación contributiva por desempleo. Esta es la ayuda de mayor cuantía que se destina a las personas que han perdido su trabajo pero está sujeta a diferentes regulaciones que afectan, entre otros aspectos, a su cuantía.

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Al igual que sucede con los subsidios desde la puesta en marcha de la reforma a nivel asistencial, el paro que cobra un beneficiario del paro se reduce a medida que avanza el periodo de cobro de esta prestación contributiva.

EL SEPE DISMINUYE AL 60% LO QUE SE COBRA DEL PARO DE LA BASE REGULADORA A PARTIR DEL DÍA 181

Según recoge el artículo 270 de la Ley General de la Seguridad Social, el paro equivale inicialmente al 70% de la base reguladora del trabajador.

Sin embargo, a partir del día 181 de cobro, esta cantidad disminuye al 60%. Eso significa que el SEPE elimina automáticamente una parte del paro a quienes ya han superado ese medio año de percepción.

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Fuente: Europa Press

Conviene recordar que la propuesta para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo nació del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Una vez aprobada por el Consejo de Ministros, fue convalidada un mes después por el Congreso de los Diputados.

¿QUÉ CAMBIA EN EL SEPE PARA LOS DESEMPLEADOS?

Más allá de las subvenciones que aparecen o se quedan, hay una serie de novedades en el SEPE. Así, el proceso será más ágil y sus beneficiarios se incorporarán a los programas prioritarios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.

Además, se elimina el mes de espera para evitar vacíos de cobertura, y las víctimas de violencia sexual y de género podrán acogerse a un nuevo subsidio a partir de los 16 años. Tampoco conviene olvidar que aumenta la cobertura a las personas menores de 45 años sin cargas familiares.

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Fuente: Europa Press

Asimismo, se reduce a 10 el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio de las personas trabajadoras eventuales agrarias; y será posible percibir un Complemento de Apoyo al Empleo hasta un máximo de 180 días para incentivar la incorporación laboral.

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LOS BENEFICIARIOS DEL PARO TAMBIÉN PUEDEN DEJAR DE RECIBIR LA AYUDA COMPLETAMENTE

Como explica el SEPE, los beneficiarios de la prestación por desempleo en España pueden dejar de recibirla. Por ejemplo, desde el inicio de un procedimiento sancionador de la Administración Pública puede implicar la suspensión de la prestación y, en este caso, se comunica al afectado mediante correo certificado.

También existen causas de incompatibilidad, como comenzar a trabajar por cuenta propia o ajena, o el reconocimiento de alguna pensión u otra prestación económica de la Seguridad Social. Si se trata de un trabajo a tiempo parcial, es posible solicitar la compatibilidad de este empleo con la prestación de desempleo, aunque la cuantía de la prestación se reducirá proporcionalmente al tiempo trabajado.

Otro motivo por el cual se puede dejar de percibir la prestación es tener una clave de impago debido a no haber cobrado el mes anterior. En esta situación, es necesario acudir a la oficina de prestaciones correspondiente, solicitando cita previa por Internet o teléfono.

CÓMO SOLICTAR EL PARO

La solicitud debe presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, al retorno al país desde el extranjero, o a la excarcelación. Si la empresa pagó vacaciones no disfrutadas antes del fin del contrato, el plazo se extiende a quince días hábiles después del fin del período equivalente a las vacaciones.

El SEPE ofrece varias opciones para presentar la solicitud:

  • Sede Electrónica del SEPE: Para realizar el trámite en línea.
  • Oficinas de Prestaciones: Con cita previa solicitada en la sede electrónica o por teléfono.
  • Oficinas de Registro Público: Para quienes prefieren hacerlo de manera presencial.
  • Correo Administrativo: Vía postal para enviar la documentación requerida.
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