TSJA ratifica la pena de cárcel al acusado de generar un fuego en Almería

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de cuatro años de prisión y 20 meses de multa a razón de seis euros diarios para F.J.F.S. ‘El Tallo’ como autor de un incendio intencionado en una zona forestal aneja a unas viviendas del barrio de Alcaudique en Berja (Almería) tras avalar como prueba de cargo la versión ofrecida por un testigo, al que la defensa veía como «verdadero autor del incendio».

En su sentencia, el Alto Tribunal andaluz señala que la apreciación de la defensa «no pasa de ser una especulación desaforada y carente de la menor brizna de corroboración» al no haberse proporcionado en su recurso «datos o elementos» que pudieran poner «seriamente en entredicho» la sentencia, toda vez que cuestiona que tal testigo, como supuesto autor de los hechos, fuera «tan rematadamente imbécil» como para prender fuego en una zona donde tenía un corral con aves que fue devorado por las llamas.

El tribunal de origen confirió relevancia a la declaración del principal testigo, quien presenció desde su casa al acusado en el momento en el que este prendía fuego en una zona situada cerca de la chabola en la que vivía. «Empezó por un lado poco a poco y eso se extendió», explicó el testigo al tribunal, ante el que detalló que ardió su corral con las gallinas así como la zona colindante a la habilitada para plantar cebollas.

Con esta versión sostenida durante toda la instrucción, el TSJA incide en que ante un supuesto «autoencubrimiento» del testigo, no era preciso que este incriminara a su vecino, pues le bastaba con afirmar, «como hace el acusado, que se encontraba en su casa y que no sabía nada sobre el origen del incendio» ya que no necesariamente el fuego debía de haber sido provocado por uno o por otro.

Asimismo, aprecia que si el testigo había limpiado el terreno en el que planeaba plantar cebollas con una azada en días anteriores a esta tarde del 29 de agosto de 2019, «no tenía ninguna necesidad de despejar por el procedimiento radical del fuego una zona adicional».

«Si tal hubiera sido el caso, es por completo inverosímil que fuera tan rematadamente imbécil como para iniciar el incendio justamente al lado de su gallinero, corriendo el riesgo de que las aves resultaron abrasadas, como efectivamente ocurrió, sin que, por cierto, se haya pedido una indemnización para él por ese perjuicio», recalca la sentencia cuyo magistrado ponente es José Manuel de Paúl Velasco.

Con ello, la Sala afirma que la sentencia de instancia subraya la «firmeza, persistencia y riqueza de detalles» del testigo y su ausencia de previa «animadversión» hacia el acusado, de modo que en conjunto «su testimonio resulta inatacable y cuenta, además, con la corroboración indiciaria, aunque no inequívoca» de que en el momento del arresto el acusado llevaba un encendedor pero no tabaco, pese a su afirmación de ser fumador.

El TSJA también ratifica el pago de una indemnización de 1.201,13 euros a la Junta de Andalucía, ya que las llamas motivaron la intervención de los servicios de extinción de incendios dependiente de la administración autonómica dada la proximidad de la misma con lugares habitados, al tiempo que estima adecuada la pena de cuatro años a pesar de que apenas se incendiaron 2.100 metros cuadrados de matorral por el peligro que supuso para las vivienda.

El Alto Tribunal andaluz recoge así el informe de la brigada de investigación de incendios forestales (BIIF) del Infoca en el que se apreció que «el fuego se ha pegado en la parte sur a las paredes de las viviendas colindantes, poniendo en peligro dichos domicilios», cuyos moradores no fueron desalojados aunque participaron «con mangueras y cubos de agua» en la extinción del fuego.

La actuación para acabar con las llamas, que precisó de una treintena de efectivos y movilizó medios aéreos, derivó de un incendio con «premeditación conocida» por parte del acusado, quien «algunos días» antes anunció al testigo su intención de prender fuego a la zona.