Los bancos españoles podrían tener que devolver 37.000 millones a los clientes de las hipotecas IRPH

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, resolvió este martes que el IRPH hipotecario puede someterse a control judicial que podría dirimir si su comercialización resultó o no abusiva.

Su resolución que el Tribunal Europeo deberá decidir si secunda cuando emita el fallo definitivo se inclina en favor de los consumidores, y no avala el argumento de que no cabe cuestionar su comercialización al tratarse de un indicador publicado por el Banco de España como alegaban las entidades.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) mostró su satisfacción por el dictamen hecho público este martes por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cuestión de prejudicialidad que afecta a los préstamos hipotecarios variables que tienen como índice de referencia el IRPH. La organización estima que en total los bancos españoles deberían devolver a los consumidores alrededor de 37.000 millones cobrados de más a los consumidores.

En un comunicado, la asociación aseguró que “comparte el criterio expresado por el abogado general, que en la misma línea del informe de la Comisión Europea, considera que debe garantizarse el control judicial sobre el carácter abusivo de una cláusula de acuerdo con la normativa de protección de los consumidores y desmonta, como en su momento ocurrió con la cláusula suelo, la doctrina de la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2017 que estableció que el IRPH al ser un índice oficial utilizado por las diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales, resulta fácilmente accesible para un consumidor medio y por tanto no es abusivo”.

Asimismo, la OCU apuntó que, “si como es habitual en la mayoría de los casos, el TJUE se pronuncia en la misma línea que lo ha hecho el citado abogado general, se abriría la posibilidad de que los cientos de miles de consumidores que en su día contrataron hipotecas con este índice pudieran reclamar judicialmente por la falta de transparencia y las deficiencias en la comercialización que les llevaron a contratar una hipoteca que han resultado ser 1.200 euros anuales más cara que la que usa como referencia el Euribor”.

En este sentido, OCU recordó que una hipoteca referenciada al IRPH ha pagado entre un 1,5% y un 3% más y que, en un préstamo de 150.000 euros contratado en mayo de 2016 y referenciado al IRPH de cajas más 0,25%, se han pagado 28.525 euros de más.

(SERVIMEDIA)