Educación niega que se vaya a suprimir la prueba de oposición para el acceso a inspector de educación

El Ministerio de Educación y FP ha negado que se vaya a suprimir la prueba de acceso a inspector de educación, que es por oposición al ser estos funcionarios públicos, según han confirmado a Europa Press fuentes de este Departamento.

La actual ley educativa, en su Disposición adicional duodécima, establece que para acceder al cuerpo de inspectores de educación, los aspirantes tendrán que pasar un concurso-oposición. En su apartado 4.b se indica que «la fase de oposición consistirá en una prueba en la que se valorarán los conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa de los aspirantes adecuada a la función inspectora que van a realizar, así como los conocimientos y técnicas específicos para el desempeño de la misma».

Sin embargo, la Ponencia de la Comisión de Educación encargada de analizar y aprobar las enmiendas presentadas a la reforma de la ley educativa (la LOMLOE, también denominada ‘Ley Celaá’) aprobó la semana pasada una enmienda conjunta del PSOE, Unidas Podemos y ERC en la que se suprimía la palabra «prueba» y la sustituía por «valoración».

En concreto, la enmienda dice así: «La fase de oposición consistirá en la valoración de la capacidad de liderazgo pedagógico y la evaluación de las competencias propias de la función inspectora de los aspirantes, así como los conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa para el desempeño de la misma».

El texto suscitó las críticas de la comunidad educativa, en especial, de la Unión Sindical de Inspectores de Educación (USIE), que entiende que esta enmienda «supone sustituir las pruebas objetivas actuales de la oposición por una valoración subjetiva que permita el acceso a personas sin la preparación adecuada para el desempeño del puesto de inspector de educación». «Demostrar preparación técnica mediante pruebas objetivas es fundamental para garantizar los derechos de toda la comunidad educativa y el cumplimiento de las Leyes», indicó el sindicato.

Además, aseguraron que la enmienda vulnera la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

A todo esto, fuentes del Ministerio de Educación y FP precisan a Europa Press que la enmienda aprobada no elimina la oposición para el acceso al cuerpo de inspectores, ya que la valoración de la capacidad de liderazgo pedagógico y la evaluación de las competencias propias de la función inspectora de los aspirantes, así como los conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa para el desempeño de la misma no pueden ser valorados sin la pertinente prueba de acceso.

Estas fuentes señalan que la enmienda no menoscaba las capacidades que han de atesorar las personas que deseen acceder al cuerpo de inspectores y garantiza que estas sean sometidas a evaluación y valoración mediante la oportuna prueba.

De hecho, afirman que así lo han entendido otras organizaciones como la Federación de Asociaciones de Inspectores de Educación (ADIDE-Federación), que el pasado 7 de noviembre valoró «positivamente» lo que ellos consideran una «actualización y modernización de los criterios de selección», así como que se «hayan incorporado los nuevos requerimientos que se plantean a la inspección y la evaluación de nuevos ámbitos de conocimientos pedagógicos, de liderazgo en la gestión de equipos humanos y procesos educativos».