Aumentaron 43% las diligencias por trata de personas con fines de explotación sexual

La Fiscalía abrió en 2019 un total de 131 diligencias en materia de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, según se recoge en el Informe Anual del órgano, y en el que se señala que esta supone un aumento del 43,5%, con respecto a las cifras contabilizadas en 2018.

En el documento, hecho público este lunes, el Ministerio Fiscal reconoce que «en España sigue siendo preponderante» este tipo de delitos, frente a otros tipos de trata con fines de explotación laboral, explotación para cometer delitos o para practicar la mendicidad.

Así, indica que de las 87 organizaciones y grupos criminales investigados el año pasado, de diferentes nacionalidades (nigerianas, brasileñas, colombianas, hondureña, paraguayas, uruguaya, venezolanas, chinas, rumanas, ruso ucranianas, mixtas), 68 se dedicaban preferentemente a la explotación sexual.

En cuanto al número de víctimas de esta lacra, se ha contabilizado en 567 durante todo el año pasado, de las cuales un 98,2% son mujeres. Dos son víctimas masculinas y 8 transexuales. La cifra total es superior a la de años anteriores, indica el informe, que también destaca que sí disminuye en esos casos el número de afectados menores.

DIFICULTADES PARA ACREDITAR EL ABUSO

Sobre los procedimientos incoados, los juzgados de instrucción informan de que han sido 140 procedimientos en persecución de este delito, de los cuales se han formulado 34 calificaciones por los fiscales y se han dictado 41 sentencias durante el año 2019.

Sin embargo, apunta la Fiscalía, estos datos deben ser «inmediatamente matizados», ya que «en su mayoría ese tipo de procedimientos son de naturaleza reactiva al incoarse tras la denuncia de las presuntas víctimas frente a sus proxenetas» y «muy pocos concluyen con una acusación del Ministerio (23,6%) y menos aún con sentencia condenatoria».

El motivo, indica el informe, es la multiplicidad de factores. «En algún caso la víctima no ratifica la inicial denuncia o abandona el país»,por la Fiscalía como ejemplo, aunque reconoce que «la verdadera crisis del sistema deriva de la imposibilidad de acreditar las situaciones abusivas a las que está sometida una víctima que admite y reconoce que voluntariamente había accedido al ejercicio de la prostitución bajo la dependencia de un tercero».

«Lamentablemente muchos aplicadores del derecho no aceptan la imposición abusiva de condiciones en estos casos», denuncia el informe.

Según explica, la interpretación auténtica que de la ‘vulnerabilidad’ establece el Código Penal determina que existe la misma cuando la persona de la que se abusa «no tiene otras alternativas reales o aceptables que la de someterse al abuso», un concepto que, a su juicio, «limita notablemente la apreciación del aprovechamiento de la prostitución de otros como penalmente relevante» y que «cuando se barajan conceptos como ‘explotación’, ‘vulnerabilidad’, ‘necesidad’, o ‘abuso’, se tiene que ver constreñido el ámbito de apreciación de esta figura delictiva».

En el informe se señala que la persecución del proxenetismo en todas sus manifestaciones, tal y como se propone por el activismo abolicionista de la prostitución, es «una necesidad vinculada no sólo con la necesidad de salvaguardar los derechos más elementales de la mujer» sino también «para impedir formas encubiertas de explotación criminal».