Los cinco presos independentistas electos solicitan la suspensión temporal del juicio y la libertad provisional

Los abogados Andreu van den Eynde y Jordi Pina solicitaron este miércoles al Tribunal Supremo la libertad de sus defendidos para que Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez puedan ejercer como parlamentarios. Asimismo, instan al tribunal a que remita el suplicatorio a las Cortes para que autoricen la continuación del proceso penal y recuerdan que la ley prevé la suspensión temporal del juicio hasta que se resuelva este trámite.

Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull obtuvieron el pasado 28-A escaño en el Congreso de los Diputados y Raül Romeva en el Senado. Por este motivo, dada su condición de electos, sus abogados, Jordi Pina y Andreu van den Eynde, solicitaron este miércoles al Tribunal Supremo su libertad para ejercer “con plenitud y con todas las garantías” como parlamentarios.

Para ejercer como tal el primer trámite es adquirir la condición de diputados, y de senador en el caso de Romeva, por lo que manifiestan su “voluntad” de acudir a la sesión plenaria de constitución de la XIV Legislatura que se celebrará el próximo 21 de mayo para “prestar promesa o juramento de acatar la Constitución”.

Ese trámite podría hacerse en una sesión posterior al de la constitución de las Cámaras, pero si no prometen en las tres primeras sesiones de la legislatura se les privará de la condición de parlamentarios, ya que solo puede ser presencial y no se puede delegar, salvo concretas excepciones que no se dan en este caso.

Además, en los escritos que este miércoles dirigen al tribunal que juzga el ‘procés’ las defensas recuerdan que en su condición de electos gozan de “inmunidad parlamentaria”, algo que afecta a su situación de procesados.

Por esta razón, el tribunal debe poner en conocimiento de las Cortes la causa que existe contra los parlamentarios electos para que autorice la continuación del proceso penal contra ellos, lo que se conoce como suplicatorio. En este sentido, agregan, el artículo 753 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la suspensión temporal del juicio a la espera de la resolución del suplicatorio de los procesados y obliga a revisar las medidas cautelares que puedan limitar el ejercicio de su cargo, entre ellas la que afecta a su libertad.

(SERVIMEDIA)