La DGT anuncia nuevas multas (y algunas las pagarán los padres)

La Dirección General de Tráfico (DGT) publicó este miércoles una instrucción transitoria en la que establece una serie de criterios para los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VMP), ayuntamientos y agentes de la autoridad.

Entre otras cuestiones, establece sanciones por ir sin luces y por aceras y hablar por el móvil y que los padres se harán cargo de las infracciones de sus hijos menores. En estos vehículos, según aseguraron fuentes de la DGT a Servimedia, se encuentran los populares patinetes y los ‘segway’.

Según la instrucción un VMP es “un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h, por lo que quedan excluidos de esta consideración los vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín; vehículos concebidos para competición, vehículos para personas con movilidad reducida y vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas….”.

La DGT recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco. Además, como norma general, los artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes.

A los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio, por lo que el conductor no perderá puntos de su carnet de conducir.

SANCIONES

La instrucción recoge también aquellos comportamientos indebidos y que son objeto de denuncia. Así, los usuarios de vehículos de movilidad personal tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000 euros en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 euros).

Además, al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 euros. También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido (200 euros de multa).

A falta en estos momentos de una regulación en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 euros y procederá a la inmovilización del vehículo.

El texto también apunta a que tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, siendo sancionable con 200 euros.

La DGT recuerda que los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP tiene multa de 100 euros. Ir sin luces y elementos reflectantes por la noche también puede ser multado con 200 euros.

Respecto al estacionamiento de estos vehículos, la DGT aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.

En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

Finalmente, el texto añade que, debido al comercio electrónico y a la posibilidad de adquirir vehículos que se venden como VMP pero que no lo son, la DGT advierte de la importancia de fijarse en las características técnicas del aparato, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y a la potencia del mismo.

(SERVIMEDIA)