La DGT aclara la última polémica sobre los distintivos medioambientales de los vehículos

La Dirección General de Tráfico (DGT) desmintió este martes que esté estudiando modificar la clasificación de los distintivos medioambientales de los vehículos, que algunos ayuntamientos tienen en cuenta para restringir su acceso a zonas céntricas.

La DGT salió así al paso de algunas informaciones publicadas en medios de comunicación que aseguran que Tráfico baraja cambiar el sistema para vehículos nuevos, de manera que los híbridos enchufables (actualmente con etiqueta ‘Cero emisiones’) pasarían a tener el distintivo ‘Eco’.

El organismo dirigido por Pere Navarro aclaró en un comunicado que «no se está estudiando ninguna modificación al respecto» y que «la clasificación del parque de vehículos con criterios medioambientales es estable», por lo que «no se va a cambiar».

La DGT aseguró que se trata de «una noticia falsa» y «no contrastada», y lamentó que «algún ciudadano se haya podido ver perjudicado en su buena fe por esta falsa noticia».

CUATRO DISTINTIVOS

Los distintivos de la DGT catalogan a los vehículos según su impacto medioambiental y suelen colocarse en la parte inferior derecha del parabrisas delantero, como recomienda Tráfico. Los vehículos más contaminantes están fuera de esta clasificación.

La etiqueta ‘Cero emisiones’ se refiere a ciclomotores, triciclos, cuadriciclos, motocicletas, turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el registro como vehículo eléctrico de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

La pegatina ‘Eco’ alude a turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el registro como vehículos híbridos enchufables con autonomía superior a 40 kilómetros, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta ‘C’.

La etiqueta ‘C’ es para turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014, y vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6, y en diésel la Euro 6.

Y la ‘B’ se refiere a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2001 y de diésel a partir de 2006, y a vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en diésel la Euro 4 y 5.

(SERVIMEDIA)