El Supremo anula la obligación de informar a Hacienda sobre la cesión de viviendas turísticas porque el Estado no se lo comunicó a Bruselas

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo dictaminó este lunes la nulidad de la obligación de los contribuyentes a informar a la Agencia Tributaria sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, debido a que la tramitación de dicha obligación no fue notificada a la Comisión Europea.

De esta forma, el Supremo anula esta obligación, introducida en 2017 mediante un real decreto ley en el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria en 2017 y que había sido recurrida por la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital).

En su decisión, el Supremo argumenta que, en base a una sentencia de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Estado español debería haber notificado a la Comisión Europea la norma introducida en 2017 y que, al no haberlo hecho, “se producen los efectos que se derivan de dicho incumplimiento formal, y en consecuencia, procede dar lugar al recurso contencioso-administrativo y anular y dejar sin efecto el reglamento impugnado por ser contrario a Derecho”.

En concreto, la norma establecía que “las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos situadas en territorio español vendrán obligados a presentar periódicamente una declaración informativa de las cesiones de uso en las que intermedien”.

Además, definía la cesión de uso de vivienda con fines turísticos como “la cesión temporal de uso de la totalidad o parte de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione y realizada con finalidad gratuita u onerosa.”

(SERVIMEDIA)