El Congreso aprueba la ley que limita la jornada semanal del profesorado

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó este jueves, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios salvo del PP y Ciudadanos, la ley de mejora de las condiciones del desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación, que establece una jornada máxima en Infantil, Primaria y Especial (23 horas) y en otras enseñanzas (18). Con ella, según el Gobierno, se revierten los recortes educativos introducidos por el Gobierno del PP mediante el Real Decreto Ley 14/2012.

“Con la aprobación de esta ley se hace mucho más que revertir los recortes educativos. Se salda una deuda con el profesorado y las familias”, destacó la ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, durante su intervención en el Congreso.

La nueva norma contempla suprimir tres medidas: el aumento obligatorio de la jornada lectiva de los docentes (como mínimo de 25 horas, en Infantil y Primaria, y de 20, en Secundaria), la posibilidad de elevar hasta un 20% las ratios máximas de alumnos por aula y la espera de 10 días lectivos para nombrar a funcionarios interinos que sustituyan a profesores titulares de baja.

El proyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Ministros el 14 de septiembre. Se trata de una ley ordinaria con artículo único. El 15 de noviembre el Congreso aprobó por mayoría su tramitación directa y en lectura única. «La ley expone que, puesto que las medidas del real decreto ley se tomaron por la coyuntura económica del momento, la favorable evolución de la situación económica del país aconseja su revisión», recordó este jueves Educación.

El texto aprobado por el Congreso establece que las administraciones públicas con competencias educativas podrán establecer, en su respectivo ámbito, la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en centros públicos, recomendándose, con carácter ordinario, un máximo de 23 horas en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial, y un máximo de 18 horas en los centros que impartan el resto de enseñanzas de régimen general reguladas por la LOE.

En cuanto al mantenimiento de las ratios que estipulaba el Real Decreto Ley 14/2012, la norma revierte esa medida, puesto que tendría un alto impacto en la garantía de los estándares de calidad de la enseñanza, que se ven afectados con la elevación del número de alumnos por aula, según recoge el proyecto de ley.

Respecto al periodo de sustitución transitoria de los docentes, pasará de 10 días a ser una sustitución inmediata desde el momento de la baja del titular.

La derogación de este plazo de 10 días entrará en vigor de manera inmediata al día siguiente de la publicación de la ley en el BOE. Las otras dos medidas entrarán en vigor para el curso 2019-2020 por razones de planificación y organización del curso escolar.