El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el real decreto con medidas urgentes en materia de alquiler que entrará en vigor tras su publicación en el BOE este martes y que deberá ser convalidado por la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados.
Estas son algunas de las medidas que contempla el decreto:
- El precio del alquiler se tendrá que actualizar de acuerdo al IPC
- Los plazos se amplían de 3 a 5 años (y a 7 cuando el arrendador es una empresa)
- Se incrementa el periodo de preaviso para cuando el inquilino quiere dejar la vivienda (a 2 meses) o el arrendador quiere recuperar su casa (4 meses)
- En caso de fallecimiento del arrendatario, los familiares podrán continuar en el alquiler, en situaciones de vulnerabilidad social.
- Se limitan a dos meses de renta las garantías adicionales a la fianza que pueden exigirse al arrendatario en el momento de firmar el contrato.
- Bonificación de hasta el 80% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para los que arrienden su vivienda a un precio moderado
- Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización, deberá asumirlos el arrendador si es persona jurídica.
- El acuerdo de una mayoría de 3/5 de propietarios se puede limitar o condicionar los pisos turísticos.
- Los propietarios no podrán pedir más de dos meses de fianza.
- Procedimiento específico cuando el desahuciado sea una persona u hogar vulnerable: Se clarifica la obligación de señalar día y hora del desahucio.