jueves, 18 abril 2024 21:48

RFEF dice «no tener constancia» de anulación de las elecciones por el TAD

La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha afirmado «no tener constancia» de la anulación de las elecciones a la presidencia de dicho organismo, previstas para el 17 de agosto o el 17 de septiembre, por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) debido a un defecto de forma, informa en un comunicado.

«Como viene siendo una tónica habitual deplorable para una sociedad democrática donde se respeten los derechos de los ciudadanos nos venimos enterando de determinadas informaciones administrativas que nos afectan directamente por los medios antes de por los cauces legalmente previstos», señala en la nota.

Según informa el diario Marca, el TAD anuló el pasado viernes la convocatoria de elecciones a la presidencia de la RFEF por un defecto de forma, ya que fueron convocadas por la Junta Directiva de dicho organismo y no por el presidente, Luis Rubiales.

En este sentido, la federación española de fútbol dijo «no tener constancia de ninguna resolución del TAD en relación con las impugnaciones que se presentaron y que fueron debidamente informadas» por dicho organismo.

A juicio de la RFEF, ha actuado «conforme a lo previsto» en el reglamento debidamente aprobado por el Consejo Superior de Deportes (CSD), «exactamente igual como se ha hecho en todos los procesos electorales convocados con el mismo Reglamento Electoral, sin que haya habido diferencia ni modificación alguna».

El organismo presidido por Rubiales recordó que el Reglamento electoral fue aprobado por la Comisión Directiva del CSD, y contó con el informe favorable del TAD y del Subdirector de Régimen Jurídico del Deporte del Consejo.

Para la federación, en los últimos meses el TAD ha adoptado resoluciones en relación con la RFEF con «criterios completamente distintos» a los que había aplicado y sigue aplicando para el resto de las federaciones deportivas españolas como acreditán, en su momento, ante los órganos judiciales competentes.

«Criterios que aplica única y exclusivamente cuando se trata de resoluciones que afectan a la RFEF y que son contrarias a los criterios que el mismo TAD o la Junta de Garantías Electorales había empleado para otros supuestos de igual naturaleza y contenido», denunció.

La convocatoria de las elecciones a la RFEF corresponde, añade el comunicado, a la Junta Directiva y cualquier decisión de un órgano administrativo que pudiera ser contraria a lo previsto en la normativa vigente «no sólo podría implicar una prevaricación por parte de aquellos que hubieran adoptado una decisión contraria a la legalidad vigente, sino que representaría una clara y manifiesta intromisión en las competencias propias de las federaciones deportivas vulnerando los más elementales principios de autonomía de las instituciones deportivas», criterio plenamente respaldado por UEFA, FIFA y COI.

Por último, se declaró convencida de que la asignación de la ponencia para la revisión y propuesta de resolución de los recursos presentados se habrá hecho por el orden correlativo correspondiente. «Sería de un escándalo sin precedentes que el presidente del Tribunal hubiera asignado la ponencia a un miembro concreto del Tribunal sin seguir el orden establecido», indicó.

Así advirtió de que sería de querella inmediata que se hubiera asignado a uno de los miembros que ya actuó como ponente en los otros expedientes electorales de la Federación, que fueron motivo de querella previa, y que éste no se hubiera abstenido.

«Sólo faltaría que encima fuera el mismo que hubiera sido el ponente de los informes de los miembros natos y del adelanto electoral. Estamos convencidos que el TAD y su presidente no habrán cometido un error y torpezade tal magnitud», deseó.