Fumar al volante no está expresamente prohibido por la ley, pero eso no significa que sea gratis. Cada vez más conductores se topan con una realidad inesperada: encender un cigarro al conducir puede salirte caro, muy caro. La Dirección General de Tráfico (DGT), firme en su cruzada contra las distracciones, ya está sancionando ciertos comportamientos relacionados con el tabaquismo en la carretera.
Y es que lo que hace unas décadas era una imagen casi cinematográfica del conductor con un cigarro en la mano, hoy empieza a percibirse como una conducta negligente. Pero, ¿en qué casos puede realmente multarte la DGT por fumar al volante?
4¿Multa o advertencia? Depende del contexto (y del agente)

Aquí entra en juego uno de los aspectos más discutidos: la interpretación del agente de tráfico. Si bien la DGT ha intensificado sus campañas contra las distracciones al volante, no todas las situaciones son sancionadas por igual. Es el agente quien, en función del contexto, decide si fumar ha interferido realmente con la conducción.
Por ejemplo, si se detecta que un conductor sujeta el cigarro mientras gira bruscamente o si pierde el control parcial al encenderlo, puede considerarse motivo de multa. Pero si un conductor fuma con el vehículo detenido en un atasco, probablemente no reciba sanción alguna (aunque eso no elimina otros riesgos, como el de tirar la colilla fuera).
La DGT ha aclarado en más de una ocasión que no se trata de perseguir al fumador, sino de garantizar la seguridad vial. Por eso, insiste en que fumar al volante, en determinadas circunstancias, puede tener consecuencias muy serias. No hay automatismo. Pero sí hay un criterio cada vez más exigente con cualquier conducta que reste atención al acto de conducir.