Especial 20 Aniversario

La DGT no prohíbe fumar al volante, pero si cometes este error pagarás hasta 200 euros

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En España, encender un cigarrillo al volante no es, por ahora, una infracción como tal. La ley no prohíbe expresamente fumar dentro del coche. Pero eso no significa que estés libre de sanciones. La Dirección General de Tráfico (DGT) puede multarte con hasta 200 euros si detecta que el cigarro compromete tu seguridad o la de los demás.

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Porque sí, fumar dentro del vehículo está permitido, pero solo hasta que se convierte en una distracción o un riesgo. Y eso, como veremos, ocurre con más frecuencia de lo que muchos conductores imaginan. La DGT lleva años advirtiéndolo: no es solo una cuestión de libertad personal, sino de responsabilidad vial.

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Encender el cigarro: una distracción de más de 100 metros

Encender el cigarro: una distracción de más de 100 metros
Fuente: Freepik

La primera situación que puede costarte una multa es encender el cigarro. Y no es un capricho de la DGT, sino una cuestión de tiempos y distancias. Según los propios cálculos de la Dirección General de Tráfico, encender un cigarrillo puede llevar más de cuatro segundos. Puede parecer poco. Pero si conduces a 100 km/h, en ese lapso recorres más de 110 metros sin tener realmente el control del vehículo.

Ese gesto, aparentemente automático, obliga a apartar la vista, buscar el encendedor, manipular el cigarro, soltar una mano del volante… todo eso mientras el coche sigue avanzando a toda velocidad. No es necesario sufrir un accidente para que sea considerado una conducta sancionable: basta con que la DGT interprete que has puesto en riesgo la conducción. Y entonces, la multa puede llegar hasta los 200 euros.

No es una cifra menor, sobre todo teniendo en cuenta que no conlleva retirada de puntos. Pero sí un aviso claro: el tabaco puede ser una distracción tan peligrosa como responder un mensaje. La diferencia está en que, hasta hace poco, casi nadie lo tenía en cuenta.

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