Márquez Contreras pierde su recurso ante el Constitucional por la sentencia de los ‘ERE’

El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una decisión unánime desestimando el recurso de amparo presentado por el exdirector de Trabajo de la Junta de Andalucía, Juan Márquez Contreras, en relación con su condena por delitos de prevaricación y malversación en el caso de los «ERE» (Expedientes de Regulación de Empleo) fraudulentos.

La corte de garantías ha determinado que no se vulneró el derecho a la presunción de inocencia de Márquez Contreras durante el «procedimiento específico» de financiación de los ERE a través de fondos autonómicos. Las sentencias impugnadas concluyeron que, en su calidad de consejero de Economía y Hacienda (2004-2009) y director general de Trabajo (2008-2010), Márquez Contreras participó en las modificaciones presupuestarias de 2008 y 2009, así como en la ejecución de este sistema de presupuestación, siendo consciente y conocedor de las irregularidades cometidas.

Rechazo del Recurso de Amparo

El Constitucional ha considerado que las resoluciones impugnadas argumentaron de manera suficiente y racional que Márquez Contreras tuvo conocimiento de que los fondos del programa 3.1 L se destinaron a fines ajenos a los establecidos legalmente.

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Según la corte de garantías, «la sentencia de instancia expone, analiza y valora de una forma razonada medios de prueba cuyo resultado permite inferir» que el exdirector «mantuvo un sistema de concesión de ayudas con un conocimiento preciso de que una parte de las mismas se daban en ausencia de todo interés público, realizando él mismo actos de disposición directa de los que se podía predicar el mismo defecto».

Antecedentes y Resoluciones Previas

Este es el segundo recurso de amparo desestimado por el Tribunal Constitucional en relación con los ‘ERE’. El primero fue el del exconsejero de Empleo de Andalucía, José Antonio Viera, quien también fue condenado por delitos de prevaricación y malversación. En ese caso, los magistrados consideraron que el recurso de Viera se expresaba en «términos genéricos» sin una fundamentación jurídica y fáctica adecuada.

Cabe destacar que el TC también se ha pronunciado sobre los recursos de los expresidentes de la Junta, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, a quienes ha estimado parcialmente sus recursos. Estas resoluciones del Tribunal Constitucional han supuesto la libertad de cinco ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados en el caso de los ‘ERE’.

En resumen, el Tribunal Constitucional ha confirmado la condena del exdirector de Trabajo de la Junta de Andalucía, Juan Márquez Contreras, en el caso de los ‘ERE’ fraudulentos, al considerar que no se vulneró su derecho a la presunción de inocencia. Esta decisión se suma a otras resoluciones de la corte de garantías en las que se han estimado parcialmente los recursos de algunos ex altos cargos implicados en este escándalo.

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