Un Juzgado pide al TJUE que se pronuncie sobre el reparto de los gastos hipotecarios

El juzgado mercantil número 1 de Badajoz ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que clarifique si la resolución del Tribunal Supremo sobre los gastos hipotecarios cuando una cláusula se declara abusiva es conforme al derecho comunitario.

El tribunal eleva la consulta a través de una cuestión prejudicial a instancia de una demanda colectiva interpuesta por la asociación de consumidores Adicae y que es la primera que cuestiona el reparto de los gastos del Supremo e incluye además la tasación y el Impuesto por Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

Según Adicae, el juzgado asume su tesis y cuestiona las últimas sentencias del Tribunal Supremo donde repartía «de forma salomónica los gastos hipotecarios, salvo el de la tasación sobre el que no se pronunciaba».

La jueza del caso se cuestiona, en concreto, si “la declaración de nulidad por abusiva de una cláusula que atribuye todos los gastos al prestatario puede ser moderada en cuanto a sus efectos restitutorios tras su declaración de nulidad por abusiva”.

Por el mismo motivo se pregunta si “deben distribuirse por mitad entre prestamista y prestatario los gastos de notaría y gestoría” o “si deben imponerse igualmente al prestatario los gastos de tasación del inmueble y el impuesto que grava la constitución de la hipoteca”.

En este sentido, recuerda los artículos 5, 6 y 7 de la Directiva Europea 93/13/CEE de 1993, que hacen referencia a estas consideraciones, y añade el «efecto restitutorio» que se deriva de la aplicación de estas nulidades, esto es, pregunta a la UE directamente qué motivo hay para que la banca no devuelva a los consumidores lo cobrado indebidamente.

Es la primera vez que una acción de cesación colectiva sobre la abusividad de estos gastos hipotecarios en España llega al Tribunal de Justicia Europeo, explica Adicae, y estima que esta situación podría “abrir de par en par la puerta a que los consumidores de manera colectiva y en todos los casos puedan reclamar la anulación de estos gastos hipotecarios y la devolución de las cantidades mal aplicadas”.

Según explica Adicae, la juez indica que «en un escaso periodo de tiempo» el Supremo ha dictado «resoluciones contradictorias entre sí que han llevado a los juzgadores, consumidores y banca a una preocupante situación de inseguridad jurídica», algo que al final deberá resolver el Tribunal Europeo.

Se solicita además que lo haga a través del procedimiento acelerado previsto para este tipo de cuestiones prejudiciales, ya que se atestigua «un gran volumen de demandas que los Juzgados especializados están resolviendo debido al auge de reclamaciones bancarias por cláusulas como de las que aquí se cuestiona».

Asimismo, la juez hace referencia a la necesidad urgente de «unificar los criterios interpretativos en pro del principio de seguridad jurídica que impera en nuestro Estado de Derecho», para evitar el pronunciamiento de sentencias contradictorias que provoquen un grave e irreparable daño a los consumidores.

El fallo del Supremo determinó el reparto de notaría y gestoría. Según Adicae, con la cuestión prejudicial, se abre la puerta a que la tasación, sobre la que el alto Tribunal no se ha pronunciado, y el IAJD puedan ser recuperados también por parte del consumidor.

SERVIMEDIA