El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó este miércoles un acuerdo por el que los grupos políticos municipales tienen que empezar a publicar documentación detallada y desglosada de la contabilidad del presupuesto que reciben. El principal objetivo es ofrecer a la ciudadanía madrileña una información inédita hasta ahora sobre los gastos que hacen los grupos con cargo a los recursos públicos municipales.
El acuerdo, propuesto por el grupo municipal Ahora Madrid, recoge que en el plazo de un mes se publicará la documentación relativa a la contabilidad específica desde 2015 hasta marzo de este año.
Los grupos están obligados a gestionar una contabilidad específica con libros con sus ingresos, gastos, obligaciones tributarias y remanentes. También con la liquidación, formación de la cuenta y declaración responsable del portavoz de cada grupo municipal, el control y fiscalización de la Intervención general y el informe que elabora y comunica al Pleno este último órgano.
Desde el Consistorio indicaron que este nuevo paso en transparencia que da el Ayuntamiento de Madrid responde a su propia ordenanza y a la ley estatal, “con el objetivo de profundizar en el compromiso de hacer pública la información de la gestión de la aportación presupuestaria que reciben los grupos políticos”.
De este modo, a partir de ahora, es obligatorio que el Portal de Transparencia y el Portal de Datos Abiertos incluyan toda la información económica de los grupos actualizada de forma trimestral y en formato reutilizable.
INFORMACIÓN DETALLADA
Hasta ahora, los grupos municipales han publicitado un resumen de su contabilidad al final de cada ejercicio. A partir de ahora tendrán que publicar su contabilidad con mucho mayor detalle, en relación al presupuesto que reciben. En 2019 es de 165.107 euros para el grupo del Partido Popular; 158.985 euros para el grupo de Ahora Madrid; 91.643 euros para el grupo Socialista de Madrid y 79.399 euros para Ciudadanos.
Concretamente, los grupos deberán facilitar una hoja de ingresos que debe incluir el importe, fecha, órgano que libra los fondos, el saldo al final del año y saldo al final del mandato. La hoja de gastos debe presentarse con el número, fecha e importe de cada factura; los datos del acreedor; naturaleza del gasto; causa o motivación del gasto; saldo al final del año y saldo al final del mandato.
La hoja de obligaciones tributarias legalmente exigibles debe incluir retenciones y/o ingresos a cuenta según la normativa tributaria y las liquidaciones y autoliquidaciones tributarias periódicas. Por último, la hoja de remanentes debe recoger el remanente de la dotación presupuestaria al inicio y al final de cada ejercicio y al inicio y al final de cada mandato.