Que.es - Redacción 14 de noviembre de 2010
Con el objetivo de garantizar la seguridad de las personas y sus bienes, los bomberos deberán emitir informes técnicos en edificios hospitalarios, garajes, comercios con más de 500 m2 y locales recreativos con más de 200 m2 de superficie construida. La norma exige, además, planes de autoprotección a edificios de gran altura, aparcamientos, guarderías, residencias y ludotecas.
AUTOPROTECCIÓN PARA EVENTOS POPULARES
La ordenanza municipal de protección contra incendios de Zaragoza establece que todas las actividades desarrolladas al aire lire con un número de asistentes igual o superior a 10.000 personas deberán contar con un plan de autoprotección. Exige, además, que las carpas y circos soporten vientos de hasta 110 km/h.
EXIGENCIAS PARA EDIFICIOS DE GRAN ALTURA
¿A qué inmuebles afecta?
La normativa incluye como edificios de gran altura aquellos en los que la altura de evacuación sea superior a 50 metros. Establece, para ellos, medidas excepcionales de protección contra incendios.
Accesibilidad para bomberos
Los edificios con más de 50 metros dispondrán, como mínimo, de dos fachadas accesibles y un ascensor de emergencia, con un vestíbulo independiente ventilado, que estará comunicado con una de las escaleras.
Instalaciones de seguridad
Cada planta deberá disponer de un sistema de extinción automática, preferentemente, de agua. La reserva de agua deberá garantizar un caudal simultáneo durante dos horas con dos depósitos, uno de ellos por encima de los 45 metros.
Zonas de seguridad
Para facilitar las tareas de intervención, cada ocho plantas se dispondrá de una zona de 25 metros cuadrados, libre de obstáculos, que estará comunicada con la escalera y el vestíbulo de independencia del ascensor de emergencia.
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