El Consejo de Gobierno aprobó hoy el proyecto de Ley de Derechos y
Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte,
una norma, que será remitida al Parlamento para su aprobación
definitiva y que regula el ejercicio de los derechos del paciente
durante la última etapa de la vida para asegurar su autonomía y el
respeto a su voluntad y dignidad, así como los deberes de los
profesionales encargados de la atención y las funciones de las
instituciones y centros sanitarios.
La futura ley, primera que se aprobará en España sobre la
materia, reconocerá el derecho de los ciudadanos andaluces a declarar
la voluntad vital anticipada, que deberá respetarse tal y como se
establece en el Estatuto de Autonomía.
El proyecto ha sido redactado
con el acuerdo y las aportaciones de más de 60 colectivos,
principalmente de profesionales, sindicatos y asociaciones científicas.
La consejera de Salud, María Jesús Montero, explicó en la rueda
de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno que con esta
norma no se regula, en modo alguno, "ni la eutanasia ni un suicidio
asistido", actos que son calificados como delitos en el Código Penal.
Apuntó que los propios ciudadanos han impulsado esta regulación
normativa, teniendo en cuenta que, de acuerdo con el barómetro
sanitario de 2007, el 93,7 por ciento de los encuestados coincidía con
la expresión de que todo el mundo tenía derecho a vivir dignamente el
proceso de la muerte.
Para Montero, se trata, sin duda, de una norma muy avanzada, que
garantiza el derecho del paciente a transitar por el proceso de la
muerte de la manera que él decida, al tiempo que se evita
incertidumbres a los profesionales. Indicó que el hecho de que esta sea
la única ley en España sobre la materia, sitúa de nuevo a Andalucía a
la vanguardia del reconocimiento de los derechos sociales avanzados
para la ciudadanía.
De acuerdo con el texto, entre los derechos reconocidos se
encuentra el de recibir, o no si así lo desea el paciente, información
clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, con el
fin de ayudarle en la toma de decisiones.
También se regula el derecho del paciente a recibir tratamiento
del dolor, incluyendo la sedación paliativa, y cuidados paliativos
integrales en su domicilio siempre que no estén contraindicados y la
persona así lo desee. La persona afectada podrá igualmente rechazar o
paralizar cualquier tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner
en peligro su vida.
La intimidad personal y familiar y la protección de todos los
datos relacionados con el proceso de atención sanitaria están
garantizadas y el paciente podrá estar acompañado por su familia
durante el proceso de la muerte. Aquellos que tengan que ser
hospitalizados tendrán derecho a una habitación individual durante su
estancia, tanto en el ámbito público como en el privado. Las
instituciones deberán proporcionar apoyo y asistencia a la familia de
la persona en situación terminal, así como garantizarle una atención
integral durante el duelo.
El proyecto de ley dispone que los profesionales sanitarios
deberán informar al paciente sobre el proceso clínico y respetar las
decisiones que éste tome una vez hecha la indicación facultativa. De
igual modo, estarán obligados a transmitir información sobre el derecho
a formular la declaración de voluntad vital anticipada y consultarla en
aquellos casos en que esté redactada y la persona no pueda expresar sus
preferencias.
El facultativo deberá limitar las medidas de soporte vital cuando
la situación clínica del paciente lo aconseje, así como ofrecerle todas
las intervenciones sanitarias necesarias para garantizar su adecuado
cuidado y comodidad.
Por su parte, las instituciones sanitarias responsables de la
atención directa garantizarán el cumplimiento de los derechos del
paciente y aportarán los servicios para posibilitar el acompañamiento
familiar, asegurar una correcta asistencia y proporcionar tratamiento
del dolor y asesoramiento y atención en cuidados paliativos de alta
calidad, tanto en el propio centro como en el domicilio. Asimismo, los
centros sanitarios dispondrán de comités de ética de carácter
consultivo para el asesoramiento en la toma de decisiones.