El Gobierno ha impulsado la reforma laboral. Ahora deberá encontrar los apoyos suficientes para que el decreto-ley pase la convalidación parlamentaria el día 22 de junio. El abaratamiento del despido alcanza ya a los contratos indefinidos, que también se beneficiarán del pago de 8 días a cargo del Fogasa (hasta ahora el recorte sólo se aplicaba a los contratos de inserción). También se alivian los requisitos de las empresas para realizar despidos objetivos (con una indemnización de 20 días): bastará con que demuestren pérdidas, por lo que el juez que valore la procedencia de la rescisión contractual no tendrá que atenerse al plazo de seis meses ininterrumpidos de malos resultados para convalidarla.
Qué.es 16 de junio de 2010
Además, el Gobierno ha confirmado su decisión de tramitar la reforma como proyecto de ley. Y ha sacado de ella el 'modelo austríaco' -el fondo personal de cada trabajador que servirá para financiar los despidos-, que había de entrar en funcionamiento en 2012, para que sea tramitado como ley aparte. Éstas son las principales novedades de la reforma laboral:
El abono de ocho días de indemnización por despido por parte del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) no incluirá sólo a los contratos de fomento del empleo estable, sino también a los contratos indefinidos ordinarios, según recoge la reforma laboral aprobada por el Consejo de Ministros.
El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha anunciado que la reforma laboral aprobada por el Consejo de Ministros ha incluido algunas novedades respecto al documento del pasado viernes, entre ellas que el abono de ocho días de la indemnización por despido por parte del Fondo Garantía Salarial (Fogasa) no incluirá sólo a los contratos de fomento del empleo estable (33 días de indemnización por despido improcedente), sino también a los contratos indefinidos ordinarios (45 días de indemnización).
CAUSAS DE LOS DESPIDOS
Una empresa sólo tendrá que acreditar pérdidas para justificar despidos objetivos (con indemnización de 20 días por año trabajado), sin un periodo determinado para ello, según el titular de Trabajo, Celestino Corbacho, sobre la reforma laboral que ha aprobado el Gobierno. En este sentido, las causas objetivas de un despido siempre tendrán que ir determinarlas un juez.
Aunque no se ha incluido el despido con 20 días de indemnización a las empresas con seis meses de pérdidas, la reforma laboral permitirá justificar este despido "cuando se desprenda una situación económica negativa" en la que la extinción del contrato sea la única solución posible para la empresa, según explicó Corbacho. La última palabra la tendría el juez en este caso.
SE APLICA A PARTIR DE 2012
Celestino Corbacho, que confirmó que el decreto aprobado se tramitará como proyecto de ley, también señaló que se ha retrasado dos años el plazo para elevar de ocho a 12 días la indemnización por fin de contrato temporal. Así, la medida empezará a aplicarse a partir de 2012, de tal forma que la indemnización irá subiendo un día por año, hasta llegar a un total de doce en 2016.
MODELO AUSTRÍACO
Respecto al modelo austriaco, el ministro de Trabajo anunció que el fondo de capitalización se diseñará mediante la tramitación de un proyecto de ley en el plazo de un año y que no supondrá la elevación de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social. "Las empresas deben tener claro que no estamos planteando un incremento de las cuotas existentes", subrayó el ministro, que añadió que habrá que buscar una fórmula para sufragar este fondo que resulte neutra para las empresas, es decir, que no aumente las cotizaciones que actualmente pagan las empresas a la Seguridad Social. En este sentido, avanzó que se podría estudiar una reorganización de las distintas cuotas que soportan a día de hoy las empresas.
CONTRATOS DE OBRA O SERVICIO
El Gobierno quería limitar a dos años la duración máxima de los contratos temporales de obra o servicio, ampliable hasta otro año más si se acordaba por convenio colectivo, pero ahora ha cambiado la redacción y la reforma establece la duración máxima en tres años, más otro año ampliable si se acuerda vía negociación colectiva.
VETO DE LAS ETT EN EL SECTOR PÚBLICO
Otra novedad es el levantamiento del veto a las empresas de trabajo temporal para que puedan operar en el sector público. En el documento anterior, el Gobierno quitaba la prohibición a las ETT para operar en el sector de la construcción. Ahora el veto queda levantado en ambos sectores.
CONTRATO DE 33 DÍAS
En cuanto al contrato de 33 días, la novedad es que el decreto ha incluido otro colectivo más de los ya anunciados el viernes al que se podrá hacer esta modalidad de contrato: trabajadores de 31 a 44 años que perdieron su empleo indefinido tras un despido.
Corbacho negó que con esta medida y con la rebaja de seis a tres meses del plazo en el que un trabajador debe estar en paro para poder tener este contrato se vaya a universalizar el contrato de 33 días. "Se han reducido las limitaciones que tenía, pero no se universaliza", indicó.
TRAMITACIÓN RÁPIDA
El Gobierno pretende que el proyecto de ley se tramite en el Parlamento "lo más rápidamente posible", voluntad, según dijo, compartida por los grupos parlamentarios. "El Gobierno espera que al final de la tramitación sea un buena ley, que sea la mejor", deseó el ministro.
"La reforma la aprobamos hoy y mañana será ley", añadió la vicepresidenta primera del Ejecutivo, María Teresa de la Vega, quien confió en que la reforma acabe resolviendo los problemas del mercado laboral. "El mensaje está muy claro, la decisión ya no tiene marcha atrás, es firme", quiso zanjar De la Vega.
En términos generales, la reforma modifica las causas de los despidos objetivos, generaliza el contrato indefinido de despido más barato (33 días por año de indemnización) y endurecen las condiciones para contratar trabajadores temporales, entre otras medidas.
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