El Gobierno ha aprobado el Decreto que reforma nuestro mercado laboral. Ahora deberá encontrar los apoyos para que el decreto-ley pase la convalidación parlamentaria el 22 de junio. La normativa no ha dejado indiferente a nadie y no gusta ni a los sindicatos ni a la patronal. El 17 de junio se publica en el BOE y un día después entra en vigor. El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, llevará bajo el brazo el decreto al Consejo de la Unión Europea. Quizá allí sea el único sitio en el que guste. ¿Crees que la reforma laboral puede provocar una oleada de despidos?
Emelia Viaña / Qué.es 17 de junio de 2010
Con la aprobación del decreto de la reforma laboral el abaratamiento del despido alcanza a los contratos indefinidos, que también se beneficiarán del pago de 8 días a cargo del Fogasa (hasta ahora el recorte sólo se aplicaba a los contratos de inserción). Asimismo, se alivian los requisitos de las empresas para llevar a cabo despidos objetivos (con una indemnización de 20 días): bastará con que demuestren pérdidas, por lo que el juez encargado de valorar la rescisión contractual no tendrá que atenerse al plazo de seis meses de malos resultados para convalidarla. Así te resumimos cómo recoge el texto los cambios que afectan a trabajadores y empresas:
33 días para todos. El Gobierno extiende el contrato de fomento del empleo que indemniza al trabajador, en caso de despido improcedente, con 33 días y no con los 45 días que da el contrato fijo. Éste seguirá vigente, pero a pocas empresas les va a compensar hacerlo. Además del caso de las mujeres, los jóvenes de entre 16 y 30 años y los mayores de 45 años, que ya se beneficiaban, el contrato del fomento del empleo se amplía a hombres de 31 a 45 años con empleo fijo anterior y a todas las personas que lleven más de tres meses en paro. Los trabajadores que tengan ahora firmado un contrato fijo seguirán cobrando sus 45 días.
- El despido objetivo y los 20 días de indemnización. El despido objetivo que recoge una indemnización de 20 días también se extiende a todas las empresas que puedan demostrar que tienen pérdidas sin necesidad de que lleven seis meses en esa mala situación económica. La pregunta que se hacen ahora los trabajares es ¿quién controla la gestión de las empresas?
- En los contratos temporales, 12 días. Los contratos temporales se indemnizaban hasta ahora con 8 días en el momento del despido. A partir de 2012 la indemnización irá subiendo un día por año hasta llegar a los 12 días, previstos para 2015. Además, los contratos temporales de obra y servicio se limitarán a tres años,, más otro ampliable si se acuerda a través de la negociación colectiva.
- 8 días abonados por el Fogasa. El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), financiado por el Estado, abonará 8 días de la indemnización de cada trabajador fijo. Tanto si son individuales como si son colectivos. Este pago será transitorio hasta que sea sustituido por un fondo de capitalización individual, inspirado en el modelo austriaco, que el trabajador podrá utilizar en caso de despido, formación o jubilación. Entrará en vigor en un plazo máximo de un año y no lo financiarán las empresas con una subida de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
CUÁNDO ENTRA EN VIGOR EL DECRETO?
El Decreto Ley entra en vigor desde el momento en que es publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado). El próximo día 22 de junio el Congreso de los Diputados tendrá que convalidar o rechazar el texto. Sí ocurre esto último, la ley sería inmediatamente expulsada del ordenamiento jurídico y habría estado en vigor sólo cinco días.
Si, por el contrario, el Gobierno consigue que se convalide (seguramente con los votos de CIU) comenzará su tramitación como proyecto de ley. Éste será el momento que aprovecharán los grupos para pactar las reformas que consideren, con lo que el texto que ha presentado el Gobierno no sería el definitivo.
Pero, ¿por qué el Gobierno ha aprobado un decreto ley que luego habrá que modificar? Sobran las razones. El Gobierno ha esperado hasta el último momento para reformar el mercado laboral. Ha dado demasiado tiempo de negociación a los sindicatos y la patronal. Zapatero se presenta hoy, 17 de junio, al Consejo de la UE y tenía que acudir con el texto aprobado. El problema es que, si hubiera intentado hacer una proyecto de ley en el Congreso, el tiempo de negociación podría haberse prolongado durante meses. Los decretos sólo se aplican en caso de urgencia y en este momento se necesitaba, pero el Tribunal Constitucional ya declaró inconstitucional en 2002 la reforma laboral de Aznar por no contar con consenso y hacerse por decreto (el famoso 'decretazo' de Aznar). El Gobierno no se podía permitir un recurso de inconstitucionalidad, por eso negociará en el Congreso la reforma a pesar de que ésta se encuentre en vigor en el momento de la negociación.
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